El 10 de febrero de 2022, tras su publicación en el Boletín Oficial del Parlamento de La Rioja, entró en vigor la “Ley de igualdad, reconocimiento de la identidad y expresión de género y derechos de las personas trans y sus familias en la Comunidad Autónoma de La Rioja”.
La Comunidad Autónoma de La Rioja, con esta ley, reconoce la realidad trans y asume la importancia de la autodeterminación del género, que es un derecho fundamental y esencial inherente a la persona.
En este sentido, el Consejo Consultivo de La Rioja ha articulado una ley que promueve la inclusión de las personas trans en la sociedad y pretende establecer un marco normativo adecuado para garantizar el derecho a la autodeterminación de género de todas las personas que residen en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
El objetivo de la ley de garantizar los derechos de las personas trans a recibir una atención integral y adecuada a sus necesidades en igualdad de condiciones con el resto de la ciudadanía, se subraya en el artículo 1 de esta ley.
La Comunidad Autónoma de La Rioja, de hecho, reconoce entre sus artículos el derecho a la igualdad de género, disponiendo que toda persona tiene derecho a expresar su propia identidad, el derecho a no ser marginada, excluida y discriminada por su identidad de género. Además, la ley ordena a los poderes públicos de la Comunidad Autónoma que garanticen el respeto a la identidad de género y sexual mediante la promoción de acciones positivas.
La ley también establece medidas para lograr la eliminación de actitudes discriminatorias, en particular mediante la creación de programas de prevención, formación, educación y capacitación.
En el artículo 6, apartados i) y j), la ley presta especial atención a las personas trans migrantes. El artículo dice: “i) Las administraciones públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias, velarán para que las personas trans refugiadas que hayan solicitado asilo por razón de su orientación sexual, identidad o expresión de género o características sexuales vean cumplidos sus derechos, teniendo en cuenta su especial situación de vulnerabilidad y desprotección. Asimismo, colaborarán con las entidades que trabajan con las personas migrantes o refugiadas y con las entidades trans para la inclusión del colectivo de personas trans migrantes o refugiadas en las políticas públicas, contribuyendo a la mejora de sus condiciones. Asimismo, impartirán formación sobre diversidad sexual, familiar, de género y de desarrollo sexual al personal de los centros, servicios y programas de atención a las personas migrantes o refugiadas, para promover el respeto y proteger los derechos de las personas trans. Las administraciones públicas garantizarán la atención integral a las personas trans refugiadas, teniendo en cuenta la posible revictimización que sufren durante el proceso migratorio.
j) En los procesos de acogida de las personas solicitantes y beneficiarias de protección internacional, independientemente de su edad, los poderes públicos garantizarán que las personas trans e intersexuales reciban un trato adecuado de acuerdo con su identidad sentida. La Administración autonómica, como Administración competente, está facultada para dictar los protocolos necesarios y los itinerarios formativos adecuados, dirigidos a los profesionales que atienden a estos colectivos de refugiados, para garantizar un trato adecuado en todas las fases del procedimiento de protección internacional.”
La Comunidad Autónoma de La Rioja reconoce la situación de vulnerabilidad y desprotección en la que se encuentran las personas trans migrantes y, por ello, la ley impone a las administraciones públicas una atención integral a las personas migrantes, con especial atención a la inclusión de las personas migrantes y refugiadas en la vida social y pública.
También es muy importante señalar que la ley exige que, en los procesos de acogida de los solicitantes y beneficiarios de protección internacional, las autoridades públicas garanticen que las personas trans migrantes sean tratadas de acuerdo con su identidad de género.