Guía para personas LGTBI refugiadas, solicitantes y con necesidades de protección internacional en España

¿A quién va dirigida esta guía?

Ser lesbiana, gay, trans, bisexual o VIH+ puede ser motivo de solicitud de asilo. En más de 70 países, ser LGTBI es un delito. En otros países, aunque no sea ilegal ser LGTBI, pertenecer a la comunidad puede resultar peligroso. Ante el miedo, el acoso y a veces la violencia por su orientación sexual, su identidad de género o su condición de VIH+, personas de todo el mundo acuden a Kifkif. Buscan respuestas sobre cómo solicitar asilo, cómo es el proceso y los posibles beneficios y riesgos que conlleva. Por eso, hemos diseñado esta guía con información sobre el proceso en España. Esta guía está pensada para personas que acaban de llegar al país o que aún se encuentran en sus países de origen o de tránsito.

Si después de consultar esta guía sigues teniendo dudas, puedes ponerte en contacto con nuestro equipo a través del formulario que encontrarás al final de esta página.

Nota importante

Cualquier información proporcionada en esta guía, en el sitio web de Kifkif o en las redes sociales de Kifkif no sustituye en ningún caso a una consulta o intervención profesional. La información contenida en este documento es únicamente orientativa y puede no estar actualizada. Te recomendamos que realices una consulta a título individual para obtener información.

Última actualización: Noviembre de 2021.

Esta guía ha sido elaborada por el equipo jurídico de Kifkif.

Qué hacemos

Kifkif lleva ofreciendo servicios de acompañamiento a las personas LGTBI migrantes, refugiadas, solicitantes y con necesidades de protección internacional desde 2002.

Apoyo individual

Ofrecemos orientación presencial o acompañamiento por correo electrónico. La orientación y el acompañamiento que ofrecemos son gratuitos. Todos nuestros colaboradores están formados y tienen experiencia en temas relacionados con las migraciones y la protección internacional de las personas LGTBI. Todos ellos están sujetos al secreto profesional y lo que les cuentes está protegido por el Reglamento General de Protección de Datos Personales.

Kifkif ofrece:

Información sobre tus derechos.
Acompañamiento en el acceso al sistema sanitario y a la red y sistemas públicos de protección.
Orientación jurídica especializada.
Orientación psicológica especializada.
Formación y orientación laboral.
Atención en español, inglés y francés o con intérprete.
Grupos de apoyo, socialización y participación.
Aprendizaje del idioma español.
Informes sociales de apoyo al expediente de protección internacional.
Informes de condiciones del país de origen de apoyo a las solicitudes de protección.
Seguimiento y apoyo antes, durante y después del proceso.
Defensa pública de los derechos y representación institucional.

Desde su creación en 2002, el servicio de acompañamiento de Kifkif ha trabajado con miles de personas LGTBI en procesos migratorios y de protección internacional. Con unas 3.000 personas acompañadas al año, somos la organización con más experiencia en este campo en España.

Red de Apoyo

Además, Kifkif cuenta con una red específica para personas LGTBI (Lesbianas, Gays, Trans, Bisexuales e Intersexuales) solicitantes de protección internacional recién llegadas a España.

Este espacio para solicitantes de protección internacional LGTBI nace como consecuencia de la falta de apoyo e información que sienten los solicitantes de asilo cuando llegan a España. Esta red, además de ser un espacio de apoyo y acompañamiento para el colectivo, es un lugar donde podemos charlar y compartir experiencias, a la vez que participamos en encuentros y actividades. Nuestro objetivo es fortalecer nuestras identidades y voces en un espacio de iguales, valorando el aporte que la diversidad representa en nuestra sociedad.

En nuestras actividades tratamos de apoyar el proceso de inclusión en un nuevo contexto cultural como es la sociedad española, organizamos clases de español, ayudamos a resolver los problemas del día a día, a través de la orientación psicológica, social, laboral y jurídica personalizada, orientando en el acceso a los recursos sociales y redes de protección existentes. También ofrecemos otros momentos de socialización para nuestros participantes. Kifkif participa en los actos de la Semana del Orgullo y otros eventos LGTBI, aprovechando estos importantes espacios para dar visibilidad a nuestra realidad.

Trabajamos a diario para hacer aportaciones a las decisiones legales y políticas que afectan a los solicitantes de protección internacional LGTBI, colaborando con otras organizaciones nacionales e internacionales. Además, nos esforzamos por conseguir la igualdad de derechos y la equidad para las personas LGTBI recién llegadas a España. También sensibilizamos sobre los problemas específicos -vulnerabilidad social y jurídica, opresión, inseguridad- a los que se enfrentan a diario las personas solicitantes de protección internacional.

El proceso

¿Cómo pido protección internacional?

Existen dos vías para solicitar protección internacional:

En la frontera (terrestre, aérea o marítima), nada más pisar territorio español. La policía comprobará que tu pasaporte es válido e informará de tu caso en la Oficina de Asilo y Refugio (OAR).

Si ya estás dentro del territorio español, puedes acudir a la Oficina de Asilo y Refugio (OAR), a cualquier oficina de extranjería, o a comisarías de policía autorizadas.

En cualquiera de los casos puedes contar con nuestro apoyo para realizar el proceso de solicitud. Por ley se establece que debes presentar la solicitud durante el primer mes en el territorio español. Si te encuentras fuera de este plazo, habla con nosotras.

Advertencias:

Legalmente, el país por el que accedes a la Unión Europea será el responsable de estudiar tu caso y tramitar tu solicitud de protección internacional.

En principio, una persona solicitante de protección internacional no debería estar privada de libertad en un Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE). Sin embargo, pueden darse las condiciones de estar en una situación administrativa irregular (sin permiso de residencia), en proceso de trámite de protección internacional sin formalizar y ser internado en el CIE. Si fuese el caso, contacta con nosotras.

Las solicitudes de protección internacional en fronteras y Centros de Internamiento de Extranjeros (CIEs) presentan una particularidad, son estudiadas por vías rápidas que contemplan la posibilidad de “inadmitir a trámite” o “denegar” directamente en el plazo de cuatro días, facilitando vías de deportación o no ingreso al territorio. Si fuese el caso, contacta con nosotras.

Te recordamos que nos puedes contactar de manera presencial en nuestra sede en Madrid (C/ Encomienda nº23) y a través de redes sociales o nuestra página web para exponer tu caso y solicitar asesoramiento.

 

Buscando protección internacional como una persona LGTBI

En España, la Oficina de Asilo y Refugio (OAR) revisa las solicitudes de protección internacional. Puedes encontrar los requisitos que aseguran la condición de refugiado en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de las Naciones Unidas, de los cuales España es firmante (Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de protección subsidiaria).

Aquellas personas que tengan un temor fundado a ser perseguidas en su país por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a determinado grupo social, de género u orientación sexual son susceptibles a solicitar protección internacional. Así como aquellos condenados a pena de muerte, tortura o tratos inhumanos o degradantes, amenazas graves contra la vida o la integridad como consecuencia de situaciones de violencia indiscriminada, tienen derecho a solicitar protección internacional por parte del estado español.

Si te encuentras en alguna de estas situaciones podemos asesorarte.

¿Por qué es importante tener un buen abogado?

Tendrás un abogado, asignado de oficio (que no puedes elegir), que te apoyará durante el proceso. Si quieres que te asista una persona concreta, tienes que comunicarlo a la Oficina de Atención al Refugiado lo antes posible. Si no lo tienes muy claro, ponte en contacto con nosotras para saber cuál es la mejor opción para ti.

Solicitar protección internacional por orientación sexual o de género es una situación muy específica y no todo el personal tiene conocimiento sobre ello. En Kifkif podemos ofrecerte asesoría en todo el proceso, conseguirás apoyo y consejos legales desde el primer momento.

La solicitud

Por lo general, para las solicitudes que se hagan dentro del territorio español (a través de la OAR), la ley plantea dos fases, sin embargo, preferimos dividir el proceso en tres fases:

Fase preliminar:

Lo primero que habrá que hacer es solicitar la cita al OAR y empezar a preparar la información que demuestre la gravedad de tu situación. La cita para la formalización de la solicitud de asilo es una entrevista en la que explicas tus circunstancias de persecución. Es muy importante que todo lo que digas sea coherente, creíble y que no haya contradicciones, por lo que tendrás que preparar todo lo que quieres decir para que no se te olvide (la falta de aceptación familiar, posibles amenazas, imposibilidad de cambio de nombre, violencia sexual o acoso, violencia física o psicológica, medidas legales discriminatorias, etc). Para solicitar la cita en la OAR, puedes hacerlo a través de este enlace (Oficina de Asilo y Refugio, Calle Pradillo, 40):

https://sede.administracionespublicas.gob.es/icpplus/index.html

Tendrás que llevar pasaporte/documentación que acredite tu identidad (si tienes) y 2 fotos tamaño carné con fondo blanco, junto a la mayor cantidad posible de información que demuestre cuál es tu situación.

Primera fase o tarjeta blanca:

Durante la entrevista tienes derecho a un abogado y a una persona que realice traducción si fuera necesario. Una vez realizada la entrevista con la OAR, en un plazo no superior a un mes, se indicará si la solicitud ha sido admitida a trámite (en caso de denegación se expondrán los motivos y vías para recurrir judicialmente); sin embargo, la realidad es que, por el volumen de solicitudes de Protección Internacional (PI) de los últimos años en España, este plazo de un mes se suele ver aumentado.

Como justificante de tramitación de esta primera fase, el solicitante suele recibir un documento temporal donde se le asigna un número de identidad de extranjero (NIE) comúnmente conocido como ‘‘hoja blanca’’ o “tarjeta blanca”, que dura un mes. Pasado este tiempo se tendrá que solicitar la ‘‘tarjeta roja’’.

En relación a la fecha de validez de la hoja blanca, debes saber que si después de un mes de solicitar la Protección Internacional no recibes respuesta de admisión a trámite de tu solicitud, la fecha de tu hoja blanca caducará 9 meses después. Además, es importante que sepas que podrás trabajar 6 meses después de hacer tu solicitud de Protección Internacional, tengas el documento que tengas.

Segunda fase o tarjeta roja:

Por regla general, a los seis meses de la primera entrevista y formalización de la solicitud de PI, el solicitante adquiere una “tarjeta roja” que autoriza a trabajar. Esta tarjeta es renovable tantas veces como sea necesario hasta que el Ministerio del Interior resuelva tu expediente. La tarjeta muestra que eres solicitante de protección internacional, con derecho a permanecer en España mientras dure el proceso de solicitud. En menos de un mes te dirán si se admite, pero tardarán más meses hasta gestionarlo, pudiendo solicitar ayudas para el alojamiento, acceso a la sanidad, manutención u otras necesidades.

Además, en esta fase, pueden celebrarse nuevas entrevistas con la OAR, aportar nueva documentación/pruebas de la situación de persecución que dio lugar a tramitación de PI, modificar datos de localización, etc.

La solicitud de protección internacional puede tardar entre 1 año y 3 años en resolverse, hasta que no haya una decisión definitiva, cualquier proceso de devolución, expulsión o extradición que te pueda afectar quedará suspendido.

El estudio de caso

Siempre debes comunicar tu orientación sexual y/o tu identidad de género durante la primera visita, puesto que España reconoce el derecho de protección internacional si eres una persona LGBTI y has sufrido persecución en tu país de origen. Por eso, la OAR preguntará sobre tu identidad, por lo que debes llevar tu pasaporte u otros documentos de identificación. En estos documentos debe constar tu nombre, fecha de nacimiento y nacionalidad.

Tú eres la única persona que sabe por qué has dejado tu país. Para conocer tu situación de una manera neutral, la OAR necesita saber todo lo que has vivido. Tendrás que informar sobre las razones por las que estás buscando protección internacional en España y contar qué es lo que te ha obligado a salir de tu país. Sabemos que es difícil hablar de ciertos temas, pero pueden ser importantes en tu caso. Si lo necesitas, puedes tomar un descanso durante la entrevista. Además, puedes traer cualquier información o pruebas que apoyen tu historia, o aporten detalles acerca de la situación en tu país de origen. Incluso aportar un relato por escrito que resume tu situación personal si te resulta más sencillo y cómodo.

Es importante que sepas que el estado español buscará protegerte de posibles agresiones por parte de tu país de origen, por lo que nunca compartirán información con dicho país, ni tampoco comunicarán tu solicitud. Todos los datos serán gestionados con un máximo de privacidad y seguridad. En todo momento tendrás derecho a conocer dónde serán alojados tus datos y quién tiene acceso a ellos.

Sistema de acogida

La Unidad de Trabajo Social (UTS) realiza la asignación de plazas para el sistema de acogida, si solicitas una plaza en el programa de acogida no puedes elegir el lugar de residencia, ya que depende de la disponibilidad de plazas de la red estatal de centros de acogida. El plazo máximo de duración del programa son 18 meses, pudiendo ampliarse a 24 meses en situaciones de extrema necesidad. Además de la UTS, las numerosas asociaciones y entidades de las distintas Comunidades Autónomas te podrán asesorar sobre el acceso a este sistema.

El programa de acogida incluye atención social, apoyo psicológico, ayudas para formación y clases de idioma o apoyo en la búsqueda de empleo. Pide cita aquí, eligiendo la provincia y la opción ‘‘Entrevista telefónica Trabajador/a social’’:

https://sede.administracionespublicas.gob.es/icpplus/index.html

 

Ayuda Financiera

Todas las personas que buscan protección internacional en España reciben una tarjeta de identificación que indica su estatus de solicitante de asilo o refugio. La tarjeta debe facilitar el contacto entre la persona, las instituciones del Estado y el resto de la sociedad.

Aquellas personas solicitantes de protección internacional que tengan dinero suficiente deben mantenerse por su cuenta. Sin embargo, si no se tuvieran medios suficientes, se puede solicitar asistencia social que cubrirá aquellas necesidades básicas: comida, ropa y alojamiento entre otras.

¿Qué puedo hacer si soy objeto de discriminación, acoso y violencia en los centros de acogida?

En Kifkif, a menudo nos encontramos con personas LGTBI solicitantes de asilo que han sido objeto de discriminación, acoso, amenazas y violencia en los centros que dan acogida a las personas solicitantes de asilo. Si has sido objeto de cualquier forma de discriminación, acoso, amenaza o violencia, o si no te sientes seguro en el lugar de alojamiento que te ofrece la OAR, puedes ponerte en contacto con nuestro equipo.

Derecho a la salud

En España, la asistencia sanitaria es competencia de las Comunidades Autónomas (los gobiernos regionales). La Comunidad Autónoma será la encargada de facilitar el acceso al sistema sanitario público de las personas que soliciten protección internacional. Para ello, la persona interesada debe realizar los trámites necesarios en su centro de salud. Si necesitas ayuda, Kifkif puede orientarte en la obtención de tu tarjeta sanitaria.

Si eres una persona VIH+, te recomendamos que viajes a España con la medicación suficiente necesaria para los dos o tres primeros meses, hasta que puedas gestionar la asistencia sanitaria.

La detención

En ocasiones, la policía puede realizar detenciones de control; una persona solicitante de protección internacional puede enfrentarse a ellas, en todo momento estás en la obligación de mostrar algún tipo de documento identificativo. En caso de estar a la espera de la entrevista es importante que indiques que actualmente estás solicitando protección internacional. Si tu solicitud ya está admitida a trámite dispondrás de un documento (hoja/tarjeta blanca) que valdrá como identificación.

Aquellas personas que se encuentren en una situación administrativa irregular (sin permiso de residencia), también pueden ser detenidas. Las personas que son detenidas pueden llegar a ser privadas de libertad y conducidas a los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE).

En principio una persona solicitante de protección internacional no debería estar privada de libertad en un Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE). Si en el momento del internamiento no ha iniciado el proceso de solicitud de protección internacional, en el CIE puede solicitarlo, pero estos casos son estudiados de forma “urgente” por vías rápidas que contemplan la posibilidad de “inadmitir a trámite” o “denegar” directamente las solicitudes en el plazo de cuatro días facilitando vías de deportación.

En otras ocasiones, la policía sólo requisa sus documentos, obligando a la persona solicitante de protección internacional a acudir a la comisaría de policía para identificarse.

La tarjeta roja

Después de la primera entrevista con la OAR, debes quedarte con una copia de tu solicitud que sirve como identificación hasta que recibas una tarjeta de identificación, que por su color popularmente se conoce como “tarjeta roja”. La tarjeta muestra que eres solicitante de protección internacional, con derecho a permanecer en España mientras dure el proceso de solicitud. A efectos prácticos esta tarjeta es un documento de identidad, muestra que estás registrado en la OAR.

Durante la fase de elegibilidad y estudio, es posible que en algunas comunidades autónomas la OAR se quede con el pasaporte original, en caso de requerir realizar cualquier viaje fuera del Espacio Europeo tendrá que solicitar permiso al Estado español a través de la OAR. Al finalizar el proceso tendrás que devolver la tarjeta roja provisional, te devolverán el pasaporte y si te reconocen como persona refugiada, asilada o susceptible a protección subsidiaria, se te asignará un número de identificación de extranjeros (NIE).

Pide tu cita para expedir o renovar la tarjeta roja en el siguiente enlace, marcando la opción “Expedición/renovación documentos solicitantes de asilo’’:

https://sede.administracionespublicas.gob.es/icpplus/index.html

Preguntas frecuentes

¿Cómo conseguir un abogado de oficio?

Todas las personas solicitantes de asilo tienen derecho a ayuda legal. Un abogado o abogada de oficio te representará durante el proceso de solicitud en la Oficina de Asilo y Refugio (Madrid). En caso de que tu solicitud sea rechazada, el abogado o abogada, también te representará en el recurso que se interponga ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo y, si fuera necesario, ante la Audiencia Nacional.  Este tipo de asistencia es un derecho que la persona solicitante puede pedir en el momento de la primera entrevista o a lo largo de su proceso de protección internacional.

Las personas solicitantes de asilo tienen derecho a designar a un abogado o abogada de libre elección, cuyos honorarios deberá pagar el interesado; en caso de no tener medios económicos, se podrá optar por una persona del turno de oficio, es decir, asistencia jurídica gratuita.

¿Cómo cambiar de abogado?

Si la persona solicitante de protección internacional no tiene un abogado o abogada, se le asignará una de oficio. Esta persona siempre estará presente durante las entrevistas con la OAR. Si la persona solicitante no estuviera satisfecha con la persona que le asignan, puede solicitar un cambio. Conviene saber que la designación es aleatoria y su cambio debe estar debidamente justificado.

La persona solicitante deberá explicar por qué necesita el cambio de representante legal. Puede ser debido a un comportamiento inapropiado, falta de reuniones de preparación con la persona solicitante, falta de contacto o el desconocimiento sobre el colectivo LGBTI.

Asistencia jurídica gratuita

Tienen derecho a la Justicia Gratuita durante todo el procedimiento, incluyendo los recursos correspondientes, las personas que demuestren insuficientes recursos económicos.

La Asistencia Jurídica Gratuita es un servicio legal gratuito que incluye: asesoría, orientación, representación, defensa, asistencia al detenido/preso/imputado, inserción de anuncios o edictos, exención de paso de tasas judiciales, asistencia pericial, obtención de copias/testimonios/actas notariales y reducción de derechos arancelarios.

Puedes solicitarla en el Colegio de Abogados de tu domicilio (Servicio de Atención Jurídica), en el Juzgado de tu domicilio o en el que se tramita el procedimiento judicial.

Intérpretes y traducción

La OAR también debe preguntar al solicitante en qué idioma desea comunicarse durante la entrevista. Para ello, puede pedir la asistencia de una persona que pueda traducir e interpretar.

Hay que recordar que la persona solicitante de protección internacional siempre tiene el derecho de parar la entrevista si percibe que la comunicación con el intérprete no está funcionando. Por ejemplo, si el intérprete se expresa de una manera homofóbica o transfóbica, si hay una falta de conocimiento de los asuntos o la terminología LGTBI, o si el intérprete no está traduciendo bien. La persona solicitante tendrá que avisar a la OAR o a su abogado o abogada, y acordar una nueva cita y un nueva persona para la entrevista.

Declaración de apoyo / Testimonio de Kifkif

Durante la vista para la solicitud de protección internacional, puede ser una buena idea incluir un testimonio de Kifkif entre los documentos que el abogado o abogada entregue a la OAR. Ahora bien, no hay un formulario estándar para hacer esta declaración; variará según la persona que lo haya escrito y la información que contenga. La declaración de apoyo debe contener el nombre y apellido de la persona solicitante, su número de la Seguridad Social, el número de su caso y la fecha, además de información sobre la persona que ha escrito el testimonio y sus datos de contacto. Normalmente, el correo electrónico es suficiente si no desea incluir su número de teléfono.

En la declaración, lo adecuado es incluir detalles sobre la persona solicitante. Debe quedar bien claro que la persona solicitante está vinculada a Kifkif, adjuntando, si fuera posible, una copia de su justificante de vinculación y que participa activamente en las actividades de la asociación. Además, si la persona testigo ha podido hablar con la persona solicitante sobre sus circunstancias personales, pasadas y presentes, también puede incluir esa información en la declaración. Por último, es fundamental que la declaración nunca contradiga la información que el abogado o abogada y la persona solicitante, haya presentado en la OAR. El abogado o abogada tiene el derecho de ver la declaración antes de presentarla y conviene mantener con él una serie de contactos sobre el testimonio.

Después del rechazo – recurso y apelación

Si tras la solicitud de protección internacional, la tarjeta blanca y roja, el proceso concluye con una resolución DENEGATORIA por parte de la Comisión Interministerial de Asilo y Refugio (Ministerio de Interior), se abre un plazo recurrir mediante un recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes; o recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, que exige que vayas representada/o por procurador y abogado.

Para la tramitación del recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional el interesado puede tramitar justicia gratuita (abogado o abogada y procurador) a través del Colegio de Abogados de la Comunidad de residencia correspondiente (Madrid, Barcelona, Valencia, etc).

Convención de Dublín

Según la Convención de Dublín, si un/a solicitante ha buscado protección internacional en otro país de la Unión Europea antes de llegar a España, por normativa de la unión, las autoridades españolas pueden solicitar que esta persona sea devuelta a dicho país. Esta regla también se aplica a aquellas personas que han llegado a España con un visado de otro país de la UE, incluso si la persona no ha estado en ese país. España consultará al otro país sobre el caso y, si acepta la responsabilidad, España lo derivará a ese país. Si dicho país no acepta el caso, España tiene la responsabilidad de procesarlo y éste será evaluado a través de la OAR.

Una decisión formal sobre el traslado del/a solicitante puede demorarse seis meses, entre que España realiza el traslado y el otro país recibe al/a solicitante y evalúe el caso. Si España no puede hacer el traslado, o si la/el solicitante está en la clandestinidad, esta decisión puede demorarse hasta dieciocho meses más. Después de eso, si no hay una decisión tomada, España tiene que evaluar el caso.

Según la Convención de Dublín, esta medida también deja de aplicarse si la persona, trasladada tras un rechazo. Del mismo modo, si la/el solicitante ha salido de España voluntariamente y está fuera de la área de la Convención de Dublín durante más de tres meses, la medida dejará de aplicarse. Sin embargo, puede ser difícil probar que alguien ha estado fuera de Madrid durante más de tres meses.

¿Puede Kifkif conseguir visados para los solicitantes de protección internacional?

Kifkif no puede conseguir visados o proporcionar dinero a alguien que quiera venir a España para solicitar protección internacional. Sin embargo, podemos facilitar consejos y contactar con personas y organizaciones fuera de España para que le ayuden.

Una vez en territorio español, Kifkif puede proporcionar ayuda legal a aquellas personas que lo necesiten

Ayuda Legal

Lo más importante a la hora de solicitar asilo es contar con un buen asesoramiento jurídico. Por eso, Kifkif ofrece asesoramiento jurídico gratuito, especializado y de calidad a las personas LGTBI y VIH+ que solicitan asilo en España. Nuestro equipo puede ayudarte en el proceso de solicitud de protección internacional y explicarte la legislación vigente.

Ven a vernos

En nuestras oficinas contamos con todo un equipo profesional dedicado al acompañamiento a personas LGTBI migrantes, refugiadas y con necesidades de protección internacional. Muchos de nosotros en Kifkif somos migrantes y refugiados, así que no te preocupes si tu español no es perfecto, ¡hablamos muchos idiomas!

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Última actualización: Noviembre de 2021.

Esta guía ha sido elaborada por el equipo jurídico de Kifkif.

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